El 30 de junio de 2011, se aprobó la Ley que estableció el Programa Nacional de Producción Pública Estatal de Vacunas, Sueros, Reactivos y Medicamentos.
La ley, presentada por primera vez en el año 2002 por Eduardo Macaluse y sometida a “tensión” por proyectos luego “compatibilizados” de autoría de los Diputados Silvestre Begnis y Martiarena, plantea como objetivo fundamentales “hacer de las vacunas, sueros, reactivos y medicamentos un bien social accesible y de alta calidad”. Además establece como lineamientos generales el asegurar universalidad y trazabilidad de los productos de fabricación y la producción pública.
Argentina ya cuenta con laboratorios y recursos humanos que están en condiciones de producir medicamentos y los laboratorios públicos tienen un potencial productivo de fácil puesta en marcha o disponibilidad.
Dicha ley, tiene potencialmente una franca incidencia sobre varios aspectos:
1- Intervenir sobre uno de los mercados más desregulados, oligopólicos y rentables de la Salud en la Argentina (donde se calcula una masa de dinero aproximada a los 10.000 U$S)
2- El rol del Estado, como garante del acceso a un bien esencial y no de mercado.
3- La potencialidad de la red pública de medicamentos (de dependencia nacional, provincial o Municipal) que debe ser puesta a su máxima posibilidad de infraestructura, de personal y de funcionalidad operativa.
4- La crucialidad a la hora de definir asignación presupuestaria que garantice estos procesos.
5- La decisión posible de definir por esta vía el aprovisionamiento de la red pública y estatal (efectores estatales y obras sociales provinciales y el PAMI), reduciendo también el gasto estatal en medicamentos varias veces millonario.
6- El acceso oportuno y gratuito para los sectores más desprotegidos de la sociedad.
7- La reducción ya probada de los costos de venta al público en general.
8- La posibilidad de anclar a esta decisión, una franca política de Uso racional de medicamentos, en contra de la cultura “medicalizante” que instala la industria de la enfermedad en la Argentina.
Esta ley aporta una especie de clima festivo en la dirigencia inspirada por una vuelta al protagonismo estatal en salud.
Será asi, si el Estado asume su capacidad rectora, reguladora y financiadora respecto de las políticas de salud es posible dar respuesta a una vieja añoranza que plantea posibles soluciones al tema medicamentos, desde una perspectiva de acceso a los sectores más desprotegidos, racionalidad de un mercado definidamente oligopólico y transnacional, y recuperación para el Estado de un sector estratégico de producción, hoy retrasado también por falta de asignación de recursos por parte del propio Estado.
Si por el contrario, la ley no es seguida de una reglamentación que permita lo que la ley establece como “intenciones”, asistiremos a un nuevo “maquillaje” de la política pública…
Nos preocupa:
·Su reglamentación, sobre todo de los artículos sustantivos que requieran aclaraciones, ampliaciones o detalles, así como la mención taxativa de organismos que controlen eficazmente al Ministerio de Salud en el cumplimiento de su rol de Autoridad de Aplicación
·El control real por esos organismos
·La adhesión jurisdiccional, particularmente de las 16 jurisdicciones del país que tienen laboratorios públicos
·La ligadura y dedicación de los 39 Laboratorios Públicos
·La asignación de fondos a la Producción Pública
·La conciencia social acerca de lo que está en juego y la presencia de organizaciones sociales en el derrotero de la ley
Una vez saldado el escenario de la reglamentación, impulsaremos desde la Provincia de Buenos Aires:
- La efectiva adhesión a la ley nacional.
- Un “mapeo” transparente y público de las necesidades y las potencialidades de los laboratorios de dependencia provincial.
- La asignación de recursos en el Presupuesto provincial para optimizar estas potencialidades en materia de personal, infraestructura e insumos.
- El aprovisionamiento progresivo de la los efectores sanitarios con medicamentos producidos en la red pública.
- La inclusión del IOMA en la política de compra a laboratorios Propios.
- El apoyo presupuestario a los Municipios con el mismo fin, via coparticipación en Salud u otra.