El viernes 30 de Agosto a las 16 hs, se realiza la actividad que aborda la “LEY DE MUERTE DIGNA” en la Sede de ATE – Calle: San Martín Nº 760. Localidad: Bahía Blanca.
ORGANIZAN: Curso Permanente de Gestión en Políticas Socio Sanitarias, Convenio ATE/MINISTERIO DE SALUD, BUENOS AIRES – Cátedra Libre “Germán Abdala” UNLP – Dirección de Capacitación de técnicas de Salud – Asociación Trabajadores del Estado Seccional Bahía Blanca.
1 – Justificación de la Actividad – Presentación – Temática a abordarse
La muerte forma parte de la vida de cada uno y constituye un momento personal y único. Vivir y morir forman parte de lo mismo; morir es uno de los parámetros del vivir. Se considera a la muerte como una situación límite íntimamente relacionada con la personal trayectoria biográfica y las actitudes ante la vida que se hayan tenido. Estas actitudes marcarán sus vivencias y orientarán el comportamiento que se manifiesta en la denominada fase terminal, cuando la hay, que no siempre así acontece. La atención al enfermo en esta fase terminal constituye una de las funciones más importantes e ineludibles del personal sanitario.
En Mayo del 2012, luego de varios debates bioéticos, el Congreso de la Nación sancionó la llamada “Ley de Muerte Digna” 26.742, la cual viene a significar una modificación o bien un agregado de aspectos que habían sido incorporados en su momento por la ley 26.529, sobre los Derechos de Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud”.
A partir de la misma parecería ser que se deja de cuestionar las razones que manifieste el paciente que se encuentre en estado terminal o bien bajo una enfermedad irreversible, para de alguna manera permitirle poder transcurrir el tramo final de su vida, sin el afán de prolongarla innecesariamente, por alterar ese estado de cosas, frente a la remota esperanza de continuar viviendo. Frente a ello nuestros legisladores dieron tratamiento a la mencionada ley, definiéndose por las necesidades que la sociedad impone tratando de garantizar sobre todas las cosas la posibilidad de hacer efectiva su decisiva voluntad.
Si se quiere este aparente retoque legislativo implico una concreta transformación en el conjunto de los derechos individuales, y expresa efectivamente el privilegio que aún goza la autonomía de la voluntad dentro de nuestro ordenamiento jurídico, dado que con él vemos como se amplía el ámbito de libertad de los ciudadanos.
El juicio crítico que de alguna manera teníamos sobre la temática, es decir sobre la vida, sobre la posibilidad de decidir sobre nuestro cuerpo ha cambiado rotundamente, y sobre todo lo referente a las condiciones en que se considere digno vivir. Por ello podemos decir que ha cambiado el pensamiento y por dicha razón esta ley se ha convertido en un ferviente reclamo complejo que involucra diferentes doctrinas, creencias religiosas, hasta cuestiones de moralidad y ética de férrea resistencia y debate.
Así como existe un derecho a la vida, también existe un derecho que corresponde a toda persona y en particular al moribundo, de tener una muerte digna, siendo de carácter fundamental la solidaridad que debe guardársele para con el enfermo, en especial con aquel paciente terminal, respetándolo principalmente como persona.
2 – Objetivos
- Compartir información que nos permita tener la mejor perspectiva histórica y sanitaria respecto de la ley.
- Realizar un análisis participativo e interpretativo de la ley
- Identificar los procesos de mayor controversia y trascendencia para la mejor reglamentación e implementación
- Resignificar el accionar de los profesionales de los equipos de salud que atiendan al paciente en su fase terminal.
- Debatir acerca de las instituciones sanitarias responsables de la atención directa para dimensionar la relevancia política de la cuestión
3 – Población Destinataria:
Dirigido a trabajadores de Salud del ámbito Provincial y Municipal, Colegios de profesionales, Asesores legales y/o prestadores de servicios de salud en general (administradores de obras sociales, hospitales, clínicas y/o sanatorios) y Comunidad en General.
4 – Instituciones Participantes:
Ministerio de Salud de la provincia de Bs As – ATE Bahía Blanca – UNS – Iglesia Evangélica Metodista –
5 – Desarrollo de la Actividad:
La actividad está planificada con la modalidad de Charla – Debate. En un primer momento Exposición del tema, donde se apuntará a generar un segundo momento de debate que genere las interpelaciones al tema expuesto.
La duración de la actividad será de cuatro horas en total
Expone:
Mónica Padró – Médica Sanitarista – Docente del Curso Gestión de Políticas Socio sanitarias –
Participan de la Mesa:
Dra. María Belén Nocetti – Antropóloga – Investigadora del CONICET, Universidad de La Plata – Profesora Universidad Nacional del Sur.
Aníbal Sicardi – Pastor evangélico – Iglesia Metodista.
Juan Ramón Figueroa – Jefe de Enfermería – Hospital Municipal “Leónidas Lucero”
Ejes a Trabajar:
6 – Actores externos al programa (profesional/Trabajadores expositores/invitados) que participen del desarrollo de la actividad:
Mónica Padró – Médica Sanitarista
Dra. María Belén Nocetti – Antropóloga – Investigadora del CONICET, Universidad de La Plata – Profesora Universidad Nacional del Sur.
Aníbal Sicardi – Pastor evangélico – Iglesia Metodista.
Juan Ramón Figueroa – Jefe de Enfermería – Hospital Municipal “Leónidas Lucero”
Marina Ciurlanti – Trabajadora Social
7 – Bibliografía:
Texto de Ley de Muerte Digna 27.642 – Sancionada por El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina el Mayo 9 de 2012 y Promulgada de Hecho: Mayo 24 de 2012 – Fecha de publicación: B.O. 24/05/2012
Ley 26.529 Sancionada por El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina el 21 de Octubre de 2009; Promulgada de Hecho: 19/11/2009; fecha de publicación: B.O. 20/11/2009.