Capítulo Salud Mental del Informe Anual de la Comisión Provincial de la Memoria


Este capítulo sintetiza los problemas centrales en términos de la atención de salud mental en los espacios de encierro, tanto de personas adultas como niñas/os y jóvenes. Se ha puesto énfasis en las dificultades centrales a diez años de la sanción de la LNSM, que son los nudos centrales para abordar por parte de la nueva gestión provincial. Sin políticas integrales de abordaje comunitario y de apoyo al cuidado será muy difícil propiciar la externación sustentable de los espacios de encierro.

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No pueden de dejar de reconocerse prácticas respetuosas de los derechos y experiencias de desmanicomialización, aunque continúan teniendo el carácter marginal, artesanal y autogestivo de hace décadas. No existió, en estos últimos años, una sola política pública financiada para dotarlas de recursos y ampliarlas (CPM, 2019: 237-242), salvo el otorgamiento de un subsidio mínimo para apoyar su externación de pocos usuarios.

Se destacan, principalmente en los monovalentes públicos, mejoras en condiciones materiales de cierta envergadura, en gran medida ordenadas por los magistrados que tienen a cargo las presentaciones colectivas realizadas por la CPM, pero son sumamente insuficientes ante la prolongación de las internaciones por razones sociales o de vivienda.
Asimismo, evidenciamos avances en la construcción de instrumentos administrativos actualizados con respecto a la garantía de la libre circulación de personas internadas sin criterio de riesgo cierto e inminente, o el consentimiento libre e informado de las prácticas que conforman los tratamientos en salud mental. Se destaca, en este sentido, la receptividad de algunas instituciones monovalentes para incorporar las recomendaciones de diversos organismos de control y de DDHH, entre ellos la CPM, y avanzar en la implementación de dichos instrumentos, lo que debería ser aplicado por las autoridades a cargo del Ministerio de Salud para todos los espacios de encierro de salud mental de
la Provincia.

No obstante, es grave que la autoridad de aplicación de la ley 14.580 no haya dado pasos decididos para avanzar en garantizarle a los ciudadanos bonaerenses vivir en una provincia libre de espacios de encierro manicomial en 2020. Tampoco se pudieron constatar planes o lineamientos generales dotados de presupuesto con el objetivo de mejorar y ampliar el sistema sanitario para: …asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional (ley 26.657, art. 2).

La forma más eficiente que tiene el Estado provincial para prevenir la tortura y los malos tratos, inhumanos o degradantes hacia las personas con padecimiento mental es dar cumplimiento efectivo a la ley 14.580, y transformar, sustituir o cerrar todos los espacios de encierro manicomial públicos y privados donde persisten con carácter sistemático dichas prácticas.

Fuente: Comisión Provincial de la Memoria