SUMANDO VOCES | LEY DE ETIQUETADO FRONTAL DE ALIMENTOSLa Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como Etiquetado Frontal de Alimentos, obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados y espera por su aprobación en el Senado. El Proyecto busca establecer un marco regulatorio para el etiquetado frontal de alimentos procesados y ultra procesados a fin de garantizar el derecho constitucional de las personas a la información oportuna, clara, precisa y no engañosa.
Conversamos con Cintia Ambrosino, Lic. en Nutrición, docente en la Licenciatura, Coordinadora de la Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNLP y Facilitadora en Agroecología, para conocer un poco más sobre esta propuesta: sus avances, sus implicancias y sus deudas pendientes.
-¿Qué es la Ley de Etiquetado Frontal y qué consecuencias tendrá en nuestra cotidianeidad?
– En principio nos va a permitir que, la persona que tiene que prestar atención o quiere prevenir estas enfermedades, sea advertido que ese producto que está por comprar tiene un alto contenido en grasa, en azúcares o en sal. Sabemos que, hoy por hoy, el etiquetado nutricional que tienen los productos es muy confuso, la gente no lo lee y, aunque tenga la intención, la información es poco clara.
Por eso celebro que se haya podido legislar y haber dado el primer paso para acompañar a los y las ciudadanos/as en el derecho a elegir y a estar informado. Pero vamos a ser realistas, tampoco abarca todas las aristas que se pueden trabajar dentro de una alimentación saludable.
-¿Cuáles son sus objetivos y a partir de qué problemáticas fue impulsado su tratamiento?
– El tratamiento de esta ley viene a dar respuesta a los actuales problemas de salud pública que tienen que ver con la malnutrición por exceso. Nos referimos a esto, cuando la persona tiene un consumo de determinados nutrientes críticos o de calorías en forma excesiva. Esto hace que tenga un impacto negativo en la salud. Pueden generar enfermedades o constituir factores de riesgos, como por ejemplo, el sobrepeso y la obesidad que según las encuestas nacionales actualizadas, dentro de la República Argentina, pueden llegar hasta un 62% o 68 % (depende la encuesta). También los valores porcentuales en los jóvenes y niños son elevadísimos.
La malnutrición por exceso en los niños menores de 5 años es mayor al 13% y, entre 5 y 17, más de un 40%. Esto hace que sea un alto factor de riesgo junto con otros que tienen que ver con el bajo consumo de frutas y verduras, muy por debajo de las sugerencias.
Por otro lado, cuando se evalúan los factores de riesgo de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) y los patrones de consumo de estos alimentos, son las poblaciones más vulnerables -económicamente hablando-, quienes registran un consumo con quintiles más bajos. Lamentablemente esta Ley no abarca lo que corresponde a medidas fiscales para las bebidas azucaradas, en otros países sí las hay. Pero este será otro paso a lograr.
Los porcentajes de las muertes por ECNT en nuestro país llegan a un 73.4% de los cuales la mitad, aproximadamente, son muertes prematura (es decir, entre 30 y 69 años). Lo cual significa que realmente es un problema de salud pública que hay que abordarlo desde distintos puntos.
El consumo o ingesta en exceso de estos productos genera efectos adversos para la salud, tales como hipertensión arterial, sobrepeso u obesidad, diabetes tipo 2, dislipemias, entre otras. Por lo tanto, como se fundamenta en el proyecto, la alimentación saludable se torna un derecho fundamental para el bienestar de la población.
Otro de los ejes de la Ley está vinculado con la asistencia alimentaria ya que el Estado no podrá comercializar o tomar estos alimentos que estén alcanzados por los sellos. Esto tiene injerencia en otros ámbitos. Por ejemplo: un producto que tenga uno o más octógonos, no puede tener promoción, publicidad o patrocinio dirigido a niños, niñas o adolescentes. Inclusive, en los productos ultra procesados, se prohíbe que se utilicen personajes de actualidad, como dibujitos animados, o que contengan premios o regalos. En consecuencia, también tiene implicancias en los entornos escolares porque no se pueden promocionar ni ofrecer cualquier producto que tenga algunos de estos sellos.
-¿Considerás que se trata de un asunto de salud pública?¿Por qué?
– Considero que se trata de salud pública. El Estado tiene que lograr a través de sus herramientas favorecer y resguardar la salud de su población. Esta ley tiene que ver con una pequeña parte de la soberanía alimentaria. Estos productos están fabricados por empresas multinacionales que tienen un monopolio dentro de lo que son las industrias alimentarias y esta ley viene a desnudar un poco lo que son estos productos estrellas.
Sería un buen momento para repensar este modelo agroindustrial dominante, que una parte de ellos son los productos ultra procesados, pero todavía tenemos mucho por andar y hacer. Porque esta ley solo nos advierte de estos nutrientes, pero no de otros como los residuos tóxicos u otros aditivos que se aceptan y se contemplan dentro del Código Alimentario de la Argentina.
Celebro que se haya dado el espacio para poder debatir y que se haya sancionado esta Ley. Hay que seguir luchando para que continúe su promulgación y demás pasos legislativos en tiempo y forma.
Quiero insistir en que es un paso, no es la solución a nuestros problemas nutricionales, que hay mucho por hacer desde las políticas públicas para abordar la seguridad e inseguridad alimentaria de los y las argentinos/as.
Texto: Aliné Santana