LEY 27.675 | LA SALUD DESDE UNA MIRADA INTEGRAL


La Ley 27675 es una respuesta integral e intersectorial al VIH, Hepatitis virales, otras infecciones de transmisión sexual y Tuberculosis de alcance nacional que busca garantizar la integración, respuesta y atención primaria de la salud para lxs pacientes.

Por Antonella Zuccarelo, IDEP Salud ATE Argentina

Foto: Tomás Labrousse para Ciclo Positivo

El proyecto había sido elaborado por más de 200 organizaciones y redes de la sociedad civil nucleadas en el Frente Nacional por la Salud de las personas con VIH, junto con el Ministerio de Salud de la Nación, organizaciones LGBTIQ+  y sociedades científicas. Entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín oficial por medio del Decreto 805/2022, el 1 de diciembre, fecha que se conmemora el Día Mundial del Sida

Las disposiciones son de orden público y de aplicación para todo el territorio argentino, esto quiere decir que todas las Provincias, Municipios y Delegaciones deberán cumplimentarla sin excepción. Asimismo, viene a reemplazar a la antigua Ley Nacional de Sida- Nº 23.798 – de 1990, que garantizaba solo el acceso universal y gratuito a tratamientos contra el VIH.

De este modo, esta nueva reglamentación amplia e incluye nuevos cambios significativos vinculados a garantizar los derechos humanos de acceso a tratamientos, diagnósticos, seguimiento no solo del Sida sino también de Hepatitis virales, Tuberculosis y otras enfermedades de transmisión sexual (ITS). Como así también la incorporación de nuevas tecnologías, la no vulnerabilidad de acceso a información y servicios de atención, la no estigmatización, entre otros.

Pero principalmente su actualidad se da, porque por primera vez, aborda a las enfermedades desde una perspectiva integral e interseccional, entendiendo a la salud atravesada desde sus aristas sociales, culturales y económicas y no solo como un aspecto científico. Buscando de este modo eliminar la discriminación y el estigma en relación a estas enfermedades, principalmente en los ámbitos laborales y educativos.

«Según la Ley 27.675, se entiende a la atención primaria de salud -APS- como una estrategia que “garantiza la investigación, prevención integral y combinada, diagnóstico, tratamiento, cura, asistencia interdisciplinaria (social, legal, psicológica, médica y farmacológica) y la reducción de daños del estigma, la discriminación y la criminalización hacia las personas con VIH, hepatitis virales, TBC e ITS.

Tal como lo indica en su capítulo II, Derechos y garantías en su artículo 6, donde establece  que toda persona con VIH, hepatitis virales, otras ITS y/o TBC deberán acceder a los siguientes derechos: recibir asistencia integral conforme a los artículos 1°, 2° y 3° de la presente ley; recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación ni criminalización de ningún tipo, en todos los ámbitos en razón de su condición de salud; derecho al resguardo de la confidencialidad, privacidad e intimidad, en acuerdo a la Ley de Protección de los Datos Personales 25.326; derecho a no declarar su diagnóstico y/o estadío de su infección; derechos laborales, educativos, asistenciales, de seguridad social, de consumidores y usuarios de servicios públicos y en el marco de relaciones de consumo y de toda índole, sin ningún tipo de discriminación o demora para el acceso.

“La ley otorga derechos que antes no estaban totalmente vistos, porque la antigua ley de sida de la década de los 90 hablaba de muerte, de contagios, con una visión más biomédica, en comparación con esta, que tiene una perspectiva de género que se redactó basándose en los derechos humanos.  En relación a lo laboral, impedir los test rápidos de VIH ni de hepatitis virales en los preocupacionales, es de suma importancia, ya que la persona 0+ estaba impedida de tener un trabajo registrado, porque no les avisan o directamente no los contratan por estigmas, y estas situaciones provocan trabajos precarizados y situaciones de vulnerabilidad”. Gastón Vera, referente nacional de la Secretaría de VIH e ITS de la Federación Argentina LGBT

Otro punto importante a tener en cuenta, es que otorga una jubilación anticipada a personas mayores de 50 años, que lleven más de una década como VIH positivo y tenga más de 20 años de aporte. Como así también una pensión para mayores de 18 años VIH positivos en estado de vulnerabilidad social.

Asimismo, como herramienta importante propone la creación del Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación que visibilizará y erradicará la vulneración a los derechos humanos de las personas afectadas. El mismo funcionará dentro del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo con participación interministerial e intersectorial- INADI– Cuyo objetivo es ir camino a terminar con la exclusión en el ámbito laboral, educativo, en los sistemas de salud, de seguridad social. También se crea la Comisión Nacional de VIH, Hepatitis Virales, otras ITS y Tuberculosis integrada de forma interministerial e intersectorial por representantes de los organismos estatales, sociedades científicas, organizaciones de la sociedad civil y redes de personas con VIH que tendrán como objetivo el diseño, monitoreo y evaluación de las políticas públicas en materia de estas enfermedades.

Estos dispositivos son de suma importancia, dado a que el estigma y la discriminación aún impactan en las personas VIH+, así lo refleja el Informe sobre Estigma y Discriminación hacia las personas con VIH en el país realizado por el INADI, la Red Argentina de Jóvenes y Adolescentes Positivos y el Ministerio de Salud de la Nación. El estudio evidencia que las poblaciones con VIH más afectadas por el estigma, la discriminación y la violencia en todos los niveles son las mujeres de pueblos originarios (54%), las mujeres migrantes internas (48%) y las mujeres trans (18%). Al mismo tiempo que manifiesta que el 16% de la población encuestada refiere haber sido obligada a hacerse la prueba del VIH o a divulgar su estado serológico para aplicar a un trabajo u obtener un plan de pensión.

En Argentina se estima que son 140.800 las personas que viven con VIH, aunque un 13% de ellas lo desconoce. Por año se notifican un promedio de 5.300 nuevos casos, de los cuales 65.500 personas están en tratamiento en el sistema público. El 69,4% en varones cis, el 29,3% en mujeres cis y 1,2% en personas trans. Más del 98% de las infecciones se producen por relaciones sexuales sin protección. Por otro lado, la tasa de mortalidad por patologías asociadas al VIH continúa en descenso, ubicándose en 2,5 cada 100 mil habitantes en 2020 (3,4 en varones y 1,6 en mujeres). 

El VIH en Argentina es una epidemia concentrada con prevalencias mayores al promedio en algunos grupos clave, como las mujeres trans, los varones que tienen sexo con otros varones y lxs trabajadorxs sexuales, según datos del último Boletín sobre el VIH, SIDA e ITS del Ministerio.

 

Hasta acá un breve recorrido de lo que implica el traspaso de una ley de hace más de 30 años con un enfoque biologicista a una nueva norma con una mirada social para abordar las enfermedades y los tratamientos. Pero esto no significa que las realidades sobre la violencia, la marginación y otras barreras a las que se enfrentan las comunidades LGBTQ+ en materia de salud y derechos sociales desaparezcan. Pero es un paso más como otros tantos que se han dado, y que exista una norma posibilita acrecentar reclamos para exigir al Estado y a la sociedad que cumplan con el deber, con el compromiso ético-moral y por sobre todo, hacer valer los derechos humanos de la ciudadanía en su conjunto. Estas situaciones no se dan solo en Argentina sino a lo largo de toda América Latina por ello compartimos un Documental llamado Translatina, que cuenta a través de distintas protagonistas la crudeza de habitar cuerpos y vidas diferentes donde sus voces y sus rostros reflejan su fiel lucha por la vida y la superación ante un sistema que oprime, marginaliza y victimiza vulnerando de esta manera todo tipo de derecho humano y acceso a la salud. 

Desde acá, la importancia de pensar una articulación entre lo individual y lo colectivo, que no sea solo algo de alguien dentro lo privado, educación, trabajo y vivienda como determinantes de la salud.

De este modo, tal como lo expresan los testimonios del documental, “las personas no nacemos vulnerables sino que nos volvemos vulnerables” debido a un engranaje sistemático de violencias estructurales que operan (social, cultural, económico) y que operamos (estereotipos, prejuicios). 

“El VIH+ no mata, lo que mata es la discriminación”.

En la Guía para equipos de salud. Atención de la salud integral de personas trans, travestis y no binarias, actualizada al 2020. En el capítulo 3. Población trans y travesti: mapa de la situación sociosanitaria en Argentina. Explican que a nivel nacional, en la actualidad no se dispone de datos oficiales y representativos sobre la situación de la población trans y travesti, pero desde la iniciativa de colectivos LGBTIQ+, fundaciones y organizaciones civiles, y la aprobación en el 2011 de Ley de Identidad de Género 26.743, existen una serie de estudios de diversos alcances que muestran un panorama de múltiples exclusiones y vulneraciones de derechos y permiten dar cuenta de la especificidad de las condiciones de existencia de esta población, que presenta una alarmante brecha con respecto a la población cis. En relación a esta problemática, en la mayoría de los casos la primer instancia de rechazo de exclusión y/o discriminación se da en el ámbito familiar y al mismo tiempo en las Instituciones por lo que desencadena en la mayoría de las veces, el abandono de todo tipo de estudios, primarios, secundarios, cursos, talleres, entre otros. Asimismo, como consecuencia del maltrato desde adentro de sus hogares se conduce al abandono del lugar a temprana edad.

Otro aspecto importante vinculado a las trayectorias educativas y familiares se le agrega  el difícil acceso al mercado laboral mayormente formal. “Sólo el 9% de las mujeres trans y travestis encuestadas en La Revolución de las Mariposas refirieron tener un empleo formal, el 15% manifestó desarrollar tareas informales de carácter precario, el 4%, ser beneficiarias de planes sociales, mientras que para más del 70% la principal fuente de ingresos es el trabajo sexual o la prostitución. De las mujeres trans y travestis cuya fuente de ingresos es la prostitución, casi el 30% comenzó con esta actividad entre los 11 y los 13 años, el 46% entre los 14 y los 18 años y un 24%, luego de los 19 años”.

En relación a la situación de salud y acceso a la atención sanitaria, el promedio de vida estimado de las mujeres trans y travestis es de 35-40 años, muy por debajo de la expectativa de vida de la población general, que en la Argentina es de 77 años. Tomando como referencia a CABA y la provincia de Bs As; “de 192 mujeres trans y travestis fallecidas entre los años 2011 y 2016, el 83% tenían menos de 40 años al momento de su muerte. De acuerdo a este estudio, la principal causa de muerte es el VIH o enfermedades asociadas, como ser tuberculosis, neumonía o pulmonía (64%) y la segunda causa son los homicidios (15%). Otras causas mencionadas son: cirrosis, sobredosis, problemas derivados de las inyecciones de silicona y el suicidio”.

De este modo, el Referente Nacional de la Secretaría de VIH e ITS de la Federación Argentina LGBT, Gastón Vera, reflexiona sobre la verdadera aplicación de la norma y sus expectativas.

“Necesitamos que se aplique en toda la Nación, que llegue desde la Quiaca a Ushuaia y viceversa, que se pueda conocer esta Ley, porque esto implica no solamente que va a disminuir el estigma y la discriminación sino también que las personas que hoy viven con VIH y no lo saben puedan acceder a un test, a un tratamiento”

Al mismo tiempo, explica que también colabora en los objetivos que proponen las instituciones internacionales como ONUSIDA, es decir, “en Argentina se estima que hay 150 mil personas que viven con VIH y otras ITS- enfermedades de trasmisión sexual- de la cuales un 17 %  no lo saben; entonces esta Ley haría posible sí se aplica correctamente, que ese porcentaje acceda a ese diagnóstico, para que comience el tratamiento y esto ayudaría un montón para controlar la epidemia”.

En relación a su cumplimiento, considera que es completamente viable si cumplen todas las partes. Y  destaca que el proyecto fue creado específicamente por personas que viven con VIH y Hepatitis virales con trabajo territorial a nivel nacional e hicieron que se tome cada punto específico para que sean visibles, que se “continúe el tratamiento digno y gratuito, sin demoras, a pesar que tenemos un sistema de salud muy complicado, principalmente hacer que se cumpla al interior del país”.

Al mismo tiempo sostiene que “apuntamos que debe ser volcado a nivel nacional, que se otorgue la medicación y las recetas en tiempo y forma, que no haya dosificación, que las compras sean adecuadas”

En relación a ello, como es de público conocimiento que detrás de cada gran enfermedad que se convierte en epidemia y/o pandemia, el negocio de los laboratorios y las cadenas farmacéutica están a la orden del día. Algo que se destaca en relacion a ello es que, en está nueva norma, se propone al ministerio de salud del país que logre un presupuesto para investigación no solamente de nuevas drogas sino además en la fabricación de la medicación dentro del país como así también promueva la investigación de la cura dentro del territorio.

Y Vera, sostiene “Esto facilitaría las cosas, ya que compramos muy cara la medicación antirretroviral para estas patologías, pero hacemos hincapié que se logre un presupuesto para estas acciones porque esto ayudaría a que no se dosifique la medicación por el costo, que no sucedan los recortes de presupuestos, como ha pasado en distintas gestiones, para que no se quede la gente sin su medicación. En la pandemia sucedió algo parecido, el impedimento de poder viajar, de poder acceder a estas medicaciones, los costos, después de un tiempo  desde las organizaciones nos encargamos de organizar todo este tipo de situaciones para garantizar el bienestar de las personas”.

En relación al acceso a la salud afirma que es «totalmente fundamental, es la base que sostiene todo, la persona debe tener una atención digna, segura, debe ser informada, contenida. Es fundamental porque de esta forma sostenemos que la persona posteriormente y a largo plazo mantenga y tenga una buena adherencia al tratamiento»

Asimismo, cuenta que desde la Secretaría de VIH e ITS de la FALGBT, reciben todo tipo de consultas y cuestiones a solucionar  y a través del área de legales se  encargan de resolver y hacer trámites vinculados a retraso de medicación, acceso a la medicación con el ministerio de salud para que la persona reciba lo que necesite por el tiempo necesario, hasta que logre la atención con su centro médico, lo mismo para las pensiones, jubilaciones, apoyos alimentarios y demás.

De este modo, como mencionamos anteriormente el hecho de que exista la norma no solucionará la problemática en cuestión de un momento a otro pero sí es una herramienta más para que, en conjunta acción con la comunidad hagamos valer y exigir el cumplimiento de la misma.

Abogamos por construir ciudadanías distintas, construir diferentes y diversas formas de habitar el mundo, construir vínculos sociales sanos e inclusivos, que no queden en un mero proyecto político o una campaña de marketing, que sea algo que traspase fronteras para vivir de la mejor manera posible.

Contactos importantes

INADI

Asistencia a Víctimas de Discriminación, Racismo y Xenofobia: 168.

Correo: 0800@inadi.gob.ar

Ministerio de Salud Argentina

0800 222 3444 

http://argentina.gob.ar/salud 

generosydiversidad@msal.gov.ar 

saludsexual@msal.gob.ar

Federación Argentina LGBT

federacion@lgbt.org.ar

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